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Varapalo en los despachos: La Federación cambia de postura y le niega los tres puntos al Oviedo ante el Rayo Vallecano

Tras el fallo del Juez Único que abría la puerta a la esperanza de que el Oviedo fuera resarcido con los 3 puntos del choque de Vallecas, la Federación ha cambiado su postura y, a través del Comité Nacional de Segunda Instancia, le da la razón a La Liga y en su resolución confirma al ente presidido por Javier Tebas como apto para aplazar partidos y fijar fechas. Como sucedió con el polémico aplazamiento de Vallecas.

El Oviedo estudia ahora sus opciones jurídicas antes de responder. Una posibilidad sobre la mesa es la de recurrir ante el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) o al Contencioso Administrativo, lo que podría conllevar medidas cautelares para que no se disputa el choque fijado para el miércoles que viene, 4 de marzo, a las 19.00 horas.

"El Comité ha acordado por unanimidad declarar la nulidad de la resolución de instancia, al considerar que la RFEF carece de competencia para revisar o declarar la ineficacia de las decisiones adoptadas por LALIGA en materia de suspensión, aplazamiento y fijación de fechas de los partidos de las competiciones que organiza", anunció ayer la Liga tras conocer la nueva postura federativa. 

La nueva resolución se basa en la sentencia firme de 18 de diciembre de 2024 de la Sala Sexta de la Audiencia Nacional, que decía que “la competencia para fijar la fecha y la hora del partido corresponde a la entidad organizadora de la competición, la Liga Profesional”. Así el Comité Nacional de Segunda Instancia indica que “de la lectura de la sentencia firme se deduce nítidamente que la RFEF ha quedado impedida para decidir sobre la suspensión, adelanto, retraso y cambio de fechas y horas de los partidos organizados por la Liga de Fútbol Profesional”. Y añade: “En un Estado de Derecho, la discrepancia subjetiva no exime de la ejecución de una sentencia”.

Es más, antes de entrar en la cuestión del fondo, el fallo ya adelanta que “la vía de impugnación elegida por el Real Oviedo frente a la decisión adoptada por los órganos de LALIGA no es la adecuada puesto que no es posible que un órgano competicional de la RFEF anule o declare la ineficacia de una resolución adoptada por una entidad distinta a la propia RFEF”.

Por esas razones, el Comité declara la nulidad de la resolución del Juez Único que había abierto la puerta al Oviedo para ser resarcido por los tres puntos de Vallecas. «Entendemos que no corresponde a este órgano competencial ni valorar los motivos dados por LaLiga para la suspensión del partido ni las alegaciones de las partes sobre dichos hechos, por lo que no se realizan valoraciones sobre dichas circunstancias».

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